INDICE

1. INTENCIONES
2. NORMATIVA GENERAL
3. NORMATIVA ASAMBLEA GENERAL
4. NORMATIVA CONSEJO DE ADMINISTRACION


1. INTENCIONES

Art. 1.1. MISTRAL VA es una aerolínea virtual, sin ánimo de lucro, cuyo objeto es la reunión de un grupo de amigos que practican y disfrutan la actividad del Vuelo Simulado en la Red de IVAO.

Art. 1.2. MISTRAL VA es una línea aérea virtual que está afiliada a IVAO, división Española.

Art. 1.3. MISTRAL VA sólo utilizara los datos personales de los usuarios registrados para uso interno y como medio de comunicación, cumpliendo con lo previsto en la Ley 15/1999, de 13 de Diciembre, sobre Protección de Datos.

2. NORMATIVA GENERAL

Art. 2.1. MISTRAL VA se reserva el derecho de admisión de nuevos pilotos. Queda limitado a 100 el numero de pilotos de MISTRAL VA.

Art. 2.2. Requisitos para poder ser dado de ALTA en MISTRAL VA:
-Estar dado de ALTA en IVAO.
-Venir avalado por otro miembro activo de Mistral.
-Tener ganas de disfrutar y practicar la actividad del vuelo simulado.
-No hace falta tener horas como piloto en IVAO, si bien es necesario tener unas mínimas nociones del Flight Simulator o X-PLane.
-En el caso de que un piloto, dado de baja con anterioridad por la Asamblea, solicite alta de nuevo, esta deberá ser aprobada por la Asamblea.

Art. 2.3. Motivos de BAJA en MISTRAL VA:
-Petición por comunicación oficial por parte del interesado al Consejo de Administración de MISTRAL VA.
-El incumplimiento de la presente Normativa.
-Cualquier hecho estimado como grave por la ASAMBLEA GENERAL.
-Por INACTIVIDAD: si el piloto no reporta vuelos en un periodo de 2 meses, sin causa justificada, se le notificará que pasa a estar inactivo en la compañía. Si en los dos meses siguientes no solicita su reincorporación a la compañía será dado de baja.
-Comportamientos en términos de insulto, amenazas o menosprecio hacia otros compañeros, la compañía (en cualquiera de sus medios) o hacia otra compañía.
-La utilización de informaciones exclusivas para miembros de la compañía, hacia otras compañías o personas no pertenecientes a MISTRAL VA.

Art. 2.4. La compañía establece los siguientes rangos, según número de horas voladas en MISTRAL VA:
-Alumno piloto: 0 a 100 horas
-Segundo Oficial: 101 a 200 horas
-Primer Oficial: 201 a 400 horas
-Comandante: mas de 400 horas

Art. 2.5. MISTRAL VA pone a la disposición de sus pilotos la siguiente Flota , si bien cada piloto puede volar con el avión que desee:
-FLOTA VFR:
• Cessna 172S
• Beechcraft Baron 58

-FLOTA Regionales:
• ATR 72-500
• Canadair CRJ-200

-FLOTA Medio Alcance:
• Boeing 737-800
• Airbus A320
• McDonell-Douglas MD-82

-FLOTA Largo Alcance:
• Boeing 767-300ER
• Boeing 747-400
• Airbus A340

Art. 2.6. En la página web se establecerán una serie de Rutas y Eventos para el uso y disfrute de nuestros pilotos.

Art. 2.7. Se establece el foro como canal OFICIAL de comunicación entre los miembros de MISTRAL VA. Se establece la comunicación por voz a través del Team Speak en el canal MSL_CC del servidor de EU4 de IVAO (eu4.ts.ivao.aero).

Art. 2.8. Están terminantemente prohibidos tanto el pedido como la distribución pública en el foro o en la web de material protegido bajo las leyes de propiedad intelectual, entendiendo así que los usuarios están imposibilitados de subir o enlazar material de pago o con copyright, hayan o no pagado la licencia correspondiente. De no cumplirse esta regla se procederá a la eliminación inmediata de dicho material así como la advertencia al miembro de Mistral y si fuera reincidente su propuesta de expulsion a Mistral.

3. ASAMBLEA GENERAL

Art. 3.1. OBJETO: Votar las decisiones propuestas por el CONSEJO de ADMINISTRACION de la compañía para darlas validez.

Art. 3.2. MIEMBROS:
-Estará compuesta por un máximo de 15 miembros.
-ALTAS:
• Estar aprobada la incorporación por la ASAMBLEA GENERAL a petición del CONSEJO DE ADMINISTRACION.
• Llevar 6 meses como miembro de Mistral y ser Primer Oficial.
-BAJAS:
• A petición propia con comunicado oficial.
• Todo miembro de la Asamblea General que no ejerza su derecho y obligación de votar será cesado de inmediato, salvo que comunique previamente una breve ausencia temporal.
• Por que así se estime en la ASAMBLEA GENERAL.
• Por INACTIVIDAD en la compañía.

Art. 3.3. REUNIONES:
• Se celebrará una reunión cada trimestre. Cada año existirá, como mínimo, tres reuniones ordinarias y una extraordinaria.
• Se podrá convocar una Reunión de dos formas:
a/ A petición del Coordinador General.
b/ A petición de 1/3 de los miembros de la Asamblea General.
• Se comunicará con una antelación de 10 días, la fecha, hora y el orden de la reunión.
• En la Reunión Ordinaria se podrán tratar cualquier tema que afecte a la compañía previa comunicación al Coordinador General.
• En la Reunión no se podrán exponer temas en los que se modifique la normativa en aquellos puntos que hayan sido nuevamente creados o modificados dentro del plazo de seis meses desde su puesta en práctica.
• En la Reunión Extraordinaria se realizará el balance de la gestión del año pasado, aprobación de cada miembro del Consejo de Administración y planificación del siguiente año.
• El moderador de la reunión será el Coordinador General, en su ausencia el COORDINADOR de OPERACIONES.

Art. 3.4. VOTACIONES:
• Las VOTACIONES se realizarán mediante un POST OFICIAL en el FORO.
• Las VOTACIONES se realizarán en un plazo de 10 días desde su publicación.
• El post de las VOTACIONES solo las podrán realizar el Coordinador General o el Coordinador de Operaciones.
• Solo se podrá votar:
a/ Temas que se hayan tratado en la Reunión de la Asamblea General.
b/ Temas que afecten gravemente a la compañía y haya que tomar decisiones en un breve espacio de tiempo que impida convocar una Reunión.
• Cualquier miembro de la Asamblea puede delegar su voto a otro miembro de la Asamblea siempre que lo comunique vía oficial.
• La aprobación de una propuesta se realizará por mayoría simple, si hubiera empate, el voto del Coordinador General valdrá doble, si este se abstuviera, el voto del Coordinador de Operaciones valdrá doble, excepto en el caso de propuestas en las reuniones extraordinarias ya que el "quórum" deberá ser los 2/3 de la Asamblea general.

Árt. 3.3. COMPETENCIAS:
-Aprobar o Rechazar las propuestas hechas en las Reuniones Ordinarias y Extraordinarias.
-Aprobar o Rechazar las decisiones del CONSEJO DE ADMINISTRACION.
-Aprobar o Rechazar la incorporación de un miembro al CONSEJO DE ADMINISTRACION
-Aprobar o Rechazar la destitución de un miembro del CONSEJO DE ADMINISTRACION

4. CONSEJO DE ADMINISTRACION

Art. 4.1. OBJETO: Administrar todas las funciones de la compañía.

Art. 4.2. MIEMBROS:
-ALTAS:
• Estar aprobada la incorporación por la ASAMBLEA GENERAL a petición del CONSEJO DE ADMINISTRACION.
• Llevar 6 meses como miembro de Mistral y ser Primer Oficial
-BAJAS:
• A petición propia con comunicado oficial.
• Por que así lo estime en votación la ASAMBLEA GENERAL.

A rt. 4.3. CARGOS Y COMPETENCIAS:

1. COORDINADOR GENERAL:
a. Ser la persona que represente a la compañía ante los órganos que corresponda.
b. Es el responsable del funcionamiento de la compañía y mantenimiento de la cordialidad dentro de la compañía.
c. Administrador del FORO.
d. Convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias.

2. COORDINADOR DE OPERACIONES:
a. Cumplirá las funciones del COORDINADOR GENERAL cuando este no pueda hacerse cargo.
b. Administrador del FORO.
c. Coordinar el funcionamiento de la compañía junto al Coordinador General.

3. COORDINADOR DE PERSONAL:
a. Gestionar las ALTAS y BAJAS de pilotos.
b. Validación de reportes.
c. Gestión de los Rangos de los Pilotos.

4. ASISTENTE COORDINADOR DE PERSONAL 1 y 2:
a. Validación de reportes.
b. Cumplirá las funciones del COORDINADOR DE PERSONAL cuando este no pueda hacerse cargo.

5. COORDINADOR DE EVENTOS:
a. Creación y coordinación de los Eventos de la compañía.
b. Validación de los reportes referentes a los Eventos de la Compañía.
c. Control de realización y adjudicación de medallas de los Eventos de la compañía.
d. Gestión de Flota y Rutas.

6. ASISTENTE DE COORDINADOR DE EVENTOS 1 y 2:
a. Mismas atribuciones que el Coordinador de Eventos bajo su supervisión.
b. Cumplirá las funciones del COORDINADOR DE EVENTOS cuando este no pueda hacerse cargo.

7. WEBMASTER:
a. Mantenimiento de la página web.

8. ASISTENTE WEBMASTER:
a. Colaborar con el Webmaster en el mantenimiento diario de la pagina web.

NORMATIVA GENERAL DE LA ESCUELA

1. PRINCIPIOS

Art. 1.1. La escuela de pilotos de Mistral VA es una sección dependientede Mistral VA y sus estamentos de gobierno. Estará sujeta al control y a las decisiones que adopte la Asamblea General de Mistral VA y las personas que la rigen cumplirán todas las normas que la aerolínea tenga en vigor en cada momento.

Art. 1.2. La escuela se regirá por el reglamento en vigor de MISTRAL VA.

Art. 1.3. El fin de la Escuela será la formación de los pilotos en activo de MISTRAL VA.

Art. 1.4. Se conformarán cursos teóricos y prácticos. El Coordinador de la Escuela propondrá a la Asamblea para su aprobación los diferentes cursos y sus temarios.

Art. 1.5. Ningún piloto NO HABILITADO por la escuela podrá asumir ni impartir clases teóricas ni practicas en un curso.

Art. 1.6. Cualquier piloto de MISTRAL VA podrá asistir de oyente a las clases pero no podrá intervenir, salvo que el coordinador de la escuela así lo habilite.

Art. 1.7. Se establece como lugar para impartir las clases el canal deTS de Mistral (MSL_CC).

Art. 1.8. Esta Normativa podrá ser modificada según lo estime la Asamblea General.

2 NORMATIVA DE LOS PILOTOS DE LA ESCUELA

Art. 2.1. ALTA EN LOS CURSOS
- Ser piloto en activo de la aerolínea y no estar inhabilitado ni suspendido en la misma.
- Tener el compromiso de asistir y finalizar el curso.
- Si por causa justificada no pudiera finalizar el curso, y sí pudiera el alumno asistir al próximo de la misma modalidad, los responsables de la escuela evaluaran su incorporación o desde el principio del curso o seguirá el curso donde acabó el anterior.

Art. 2.2. BAJA EN LOS CURSOS
- Petición por comunicación oficial por parte del interesado al Coordinador de la Escuela.
- La segunda falta no justificada a clases teóricas o prácticas.
- El incumplimiento del reglamento de MISTRAL VA en cualquiera de sus apartados supondrá la petición de baja de MISTRAL VA por parte del Coordinador de la Escuela.
- El incumplimiento del Art 2.3. de la Normativa de Pilotos de la Escuela.

Art. 2.3. Toda la documentación que se facilite al alumno será de estricto uso para el curso y no podrá ni ser publicada en su totalidad oparcialmente, ni traspasada a otra aerolínea ni traspasada a terceras personas.

3. CARGOS Y COMPETENCIAS.

Art. 3.1. COORDINADOR DE LA ESCUELA:
- Será miembro del Consejo de Administración de Mistral VA aprobado por la Asamblea General.
- Asumirá la responsabilidad lectiva.
- Proponer a la Asamblea los diferentes cursos y temarios.
- Nombrar su Asistente y el Responsable de Instrucción e Instructores.

Art. 3.2. ASISTENTE COORDINADOR DE LA ESCUELA:
- Debe ser piloto en activo de la aerolínea y no estar inhabilitado ni suspendido en la misma.
- Apoyo al Coordinador de la Escuela.
- Cumplirá las funciones del COORDINADOR DE LA ESCUELA cuando este no pueda hacerse cargo.

Art. 3.3. RESPONSABLE INSTRUCCIÓN E INSTRUCTORES:
- Debe ser piloto en activo de la aerolínea y no estar inhabilitado ni suspendido en la misma.
- Coordinación y propuesta de Instructores.

Art. 3.4. INSTRUCTOR:- Debe ser piloto en activo de la aerolínea y no estar inhabilitado ni suspendido en la misma.
- Será propuesto por el responsable de Instructores y aprobado por el coordinador de la escuela que lo habilitará.

 

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